miércoles, 2 de abril de 2008

Los derechos humanos son la protección de manera institucionalizada de los derechos de la persona humana contra los excesos de poder cometidos por los órganos del Estado y de promover paralelamente el establecimiento de condiciones humanas de vida así como el desarrollo multidimensional de la personalidad humana.

José Castán Tobeñas: Los define: “como aquellos derechos fundamentales de la persona humana, que correspondan a ésta por razón de su propia naturaleza, y que deben ser reconocidos y respetados por todo poder o autoridad y toda norma jurídica positiva, cediendo, no obstante, en su ejercicio ante la exigencias del bien común...” y en sentido positivo “Se llaman, así Derechos del Hombre a los regulados como tales en las Constituciones Políticas de los Estados, y ahora también, en el plano internacional y en la cúspide del Derecho Mundial, por los organismos internacionales, especialmente la Organización de Naciones Unidas”.

Antonio Enrique Pérez Cuño: “Conjunto de facultades e instituciones que, en cada momento histórico concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humana, los cuales deben ser reconocidos positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional”.

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